Política

Desde RN valoran proyecto que permitirá votar con carné y pasaporte vencido

Por Salvatore Bellemo / 18 de octubre de 2020
Presidente Distrital destacó la medida que busca ampliar las posibilidades de participación a quienes se han visto impedidos de renovar documentos durante la alerta sanitaria.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 3 años

Como una buena medida que permitirá facilitar la participación ciudadana en el plebiscito del 25 de octubre, calificó el presidente distrital de Renovación Nacional Guillermo Soto, el proyecto de ley que, de aprobarse en el Senado, permitirá a las personas votar con cédulas de identidad y pasaportes vencidos.

El abogado y también concejal por Máfil, señaló que “entre el estallido social de octubre de 2019 y luego la pandemia, son muchas las consultas que hemos recibido de la ciudadanía respecto al temor de no poder participar no sólo en el plebiscito, sino también en los demás comicios que pudieran venir en adelante, por tener sus documentos vencidos”. 

De ahí que para el titular “una medida de este tipo, es relevante para garantizar una mejor participación de toda esa gente que por las restricciones de circulación y reunión no han podido hacer un trámite tan básico como renovar la cédula de identidad. Desde Renovación Nacional valoramos su aprobación y felicitamos sobre todo a los parlamentarios de ChileVamos que defendieron el proyecto”. 

El proyecto atraviesa su tercer trámite en el Senado y dispone que en las elecciones o plebiscitos que se realicen entre la fecha de publicación de esta ley y el término del proceso constituyente, para el sólo efecto de identificar al elector nacional, se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes que hayan vencido a contar del 1 de octubre de 2019. La misma regla se aplicará al elector extranjero, respecto a la cédula de identidad para extranjeros. 

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?