Actualidad

Este vienes más de 80 mil personas podrán comenzar a cobrar pagos vencidos del IFE

Por Javier Mardones / 23 de julio de 2021
Descubre si tienes la oportunidad de recibirlo.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 2 años

La ministra de Desarrollo Social y Familia, Karla Rubilar, hizo un llamado a todas las jefas y jefes de hogar que recibieron y calificaron para la entrega de ayuda social del Ingreso Familiar de Emergencia del año 2020, y que por diversas razones no fueron cobrados, a que lo hagan a partir de este viernes 23 de julio. 

La ministra, confirmó que “durante el año 2020, muchas personas a quienes les entregamos el beneficio de manera presencial,  por alguna u otra razón, ya sea por ser personas mayores, por pandemia, o porque no supieron, no los fueron a cobrar y el beneficio vencía el 31 de diciembre del 2020, entonces llegaron algunas personas a cobrarlo después y no pudieron, porque el IFE había caducado. ¿Qué es lo que hicimos con la ley? revivimos esos IFE, y a partir del viernes cerca de 90 mil pagos que se vencieron al 31 de diciembre podrán ser cobrados”.

La ministra explicó que todos los hogares que habían perdido sus IFE debido a que estaban vencidos, podrán  cobrarlos de manera presencial, motivo por el que llamó a las personas informarse “para tener claridad del día y lugar de pago, para esto los invito a acceder a la sección “Mis Pagos” en www.ingresodeemergencia.cl, donde aparecerá la información a partir de hoy”. 

Respecto a los pagos vencidos que comenzarán a realizarse este viernes 23 de junio, la ministra insistió en la importancia de “recalcar que estos montos son sólo para quienes tengan pagos vencidos, y no significa que los hogares puedan postular hacia atrás”.

Los 198 mil 156 pagos pendientes serán pagados a 89.271 personas, quienes a partir de hoy, y según la fecha de pago que les indique la web, los podrán cobrar de manera presencial en caja de Compensación Los Héroes o BancoEstado.

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?